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viernes 20 junio 2025
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El Tribunal le permite a Cristina salir al balcón con “el criterio, la prudencia y el sentido común suficientes” para no molestar a los vecinos

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  • En una respuesta al abogado de la expresidenta, el titular del TOF 2 dice que no le prohibieron el uso de ningún espacio de su casa.
  • Pero ratificó que deben instalarle un dispositivo electrónico de control.

El juez Jorge Gorini respondió al pedido de aclaratoria de Cristina Kirchner sobre la posibilidad de utilizar el balcón de San José 1111: la expresidenta podrá hacer uso de esa parte de su casa, mientras no altere el orden público del barrio. El Tribunal señaló que nadie le prohibió utilizar las instalaciones de su departamento, pero ratificó que la expresidenta deberá usar un dispositivo electrónico de control.

La resolución a la que accedió Clarín, firmada por el Tribunal Oral Federal 2 (TOF 2), recordó el fallo firmado sobre la detención domiciliaria que dice: “abstenerse de adoptar comportamientos que puedan perturbar la tranquilidad del vecindario o alterar la convivencia pacífica de sus habitantes”.

Fue el abogado Carlos Beraldi quien en un escrito pidió que se explique su eso “conlleva la prohibición de salir al balcón del inmueble en el que cumple prisión domiciliaria, teniendo en cuenta -según sus abogados- que sobre esta cuestión “se ha suscitado un debate de carácter público, tal como lo reflejan los distintos medios de comunicación del país».

Ante el pedido de aclaratoria, el juez a fin de despejar cualquier duda sobre el alcance de la referida norma de conducta impuesta, “debemos recordar (aunque resulte ocioso) que el tribunal no ha vedado a la Sra. Cristina Elisabet Fernández de Kirchner, en principio, el uso y goce de ningún espacio específico de la arquitectura del inmueble en el que habita”.

En cuanto al comportamiento de la ex Presidenta, se le reiteró que se le exige “adoptar en el citado inciso, se espera de la solicitante el criterio, la prudencia y el sentido común suficientes para discernir en qué contexto el uso del balcón resultará una acción inocua y en cuál podrá implicar una perturbación para la tranquilidad y la convivencia pacífica del vecindario y sus habitantes (única y exclusiva situación que se pretende proteger con la regla de conducta en cuestión)”.

En el marco de este escrito el TOF 2 señaló que el objetivo de las reglas impuestas para el cumplimiento del arresto domiciliario con una tobillera electrónica, es un beneficio, una morigeración de la pena que debe cumplir como condenada en el caso Vialidad.

Se señaló que la medida es “lograr que el mismo órgano judicial que dictó una resolución subsane las deficiencias de orden material o conceptual que la afecten, o bien la integre de conformidad con las cuestiones involucradas en el proceso, supliendo las omisiones de que adolece el pronunciamiento, lo que en manera alguna ha ocurrido en el legajo dado que la regla de conducta involucrada no contiene conceptos oscuros u omisiones que impidan su correcta comprensión y ejecución”.

En este sentido se indicó que las reglas de comportamiento se impusieron porque el arresto domiciliario será evaluado trimestralmente. El informe será presentado ante el juez Jorge Gorini, quien evaluará si corresponde que Cristina Kirchner continúe bajo el arresto domiciliario o si en función de su conducta, se revoca dicho beneficio.

Por otro lado, recordó el TOF 2 que su rol es el de “resolver conflictos mediante la aplicación del derecho en un proceso adversarial, y no la de zanjar supuestos debates públicos y mediáticos sobre temas de interés general (aunque estos temas tengan relación indirecta con el proceso)”.

Esta última aclaración responde al planteo de la defensa sobre los presuntos debates públicos sobre las reglas impuestas para el cumplimiento del arresto domiciliario.

Cuando el Tribunal dispuso la detención de la ex Presidenta, condenada por cometer hechos de corrupción, ordenó que su arresto sea en su domicilio del barrio de Monserrat. Los fiscales Diego Luciani y Sergio Mola, habían pedido que si esto ocurría, que se impongan “estrictas reglas de cumplimiento”.

Los magistrados señalaron que en primer término, Cristina Kirchner deberá permanecer en el domicilio fijado, «obligación que no podrá quebrantar salvo en situaciones excepcionales de fuerza mayor que deberá justificar debidamente».

En la resolución se explicitó que «deberá requerir y obtener la autorización previa del tribunal, sin excepción» para hacerlo, expresaron los jueces del TOF 2.

Pero por sobre todos los requerimientos se le dijo que se evite cualquier comportamiento que altere el normal funcionamiento del barrio. Un concepto reiterado este jueves por el juez Gorini.

Cristina Kirchner está condenada a seis años de prisión por el delito de administración fraudulenta en perjuicio del Estado, en el marco de la causa Vialidad donde se investigaron los 51 procesos licitatorios que posicionaron a Lázaro Báez (ex socio comercial de Kirchner) como el principal adjudicatario de obras viales en Santa Cruz.

La justicia determinó que el otorgamiento de los contratos fue de forma irregular, con sobrecostos, licitaciones direccionadas, circuitos exclusivos de pago y sobre todo: un particular interés por parte de Cristina Kirchner de beneficiar a Lázaro Báez con quien mantenía múltiples negocios privados.

Fuente: Clarín

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